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Gestación subrogada, cuando la vida se convierte en contrato

Gestación subrogada, cuando la vida se convierte en contrato

12 de junio de 2025
Autor: Juan Manuel Palomares Cantero
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Introducción

Parece un avance de la ciencia, pero huele a negocio. Se presenta como un acto de amor, pero muchas veces se negocia como si fuera ganado. ¿Y si la gestación subrogada fuera, en realidad, una forma de trata de personas con rostro moderno? En medio de un discurso que habla de libertad, derechos reproductivos y progreso científico, se ha instalado una práctica que, en su vertiente comercial, cosifica a las mujeres, mercantiliza a los hijos y normaliza la explotación bajo el disfraz del altruismo. Lejos de ser una solución médica neutra, la gestación subrogada ha abierto un campo minado de dilemas éticos, jurídicos y sociales, donde los más vulnerables -mujeres empobrecidas y niños sin voz- pagan el precio de los deseos de otros. Este artículo propone una mirada crítica, desde la bioética y el derecho, para desenmascarar lo que algunos quieren presentar como libertad reproductiva y mostrarlo tal cual es: una sofisticada forma de explotación reproductiva que hace del cuerpo un contrato y de la vida humana un producto intercambiable. Porque en este nuevo mercado de úteros y recién nacidos, el progreso no emancipa: esclaviza con mejores modales.

 

El espejismo del progreso

Los avances en reproducción asistida han sido aclamados como una muestra del poder de la ciencia para vencer los límites de la biología y ampliar las posibilidades de la maternidad y la paternidad. Entre estos avances, la gestación subrogada se presenta como una opción para quienes no pueden gestar por sí mismos, ya sea por razones médicas o personales. En términos sencillos, este procedimiento puede adoptar dos formas: en la gestación subrogada tradicional, la mujer que gesta aporta también el óvulo, siendo así madre genética y gestacional; en la gestación subrogada gestacional, en cambio, el óvulo proviene de otra mujer, por lo que la gestante solo lleva el embarazo sin vínculo genético con el bebé. Sin embargo, lo que a primera vista parece un acto altruista o una expresión de libertad reproductiva, en muchos casos se convierte en un mecanismo de cosificación. Bajo un lenguaje de derechos y autonomía, se encubre la explotación sistemática de mujeres en situación de vulnerabilidad y la transformación de los hijos en productos adquiridos mediante contratos, cuotas y cláusulas. El supuesto progreso, en estos casos, no emancipa, sino que refina la lógica del mercado aplicada a la vida humana.

 

Cuando el cuerpo se arrienda, una mirada jurídica y bioética

La figura del “contrato de gestación” presenta una contradicción insalvable: pretende regular mediante cláusulas legales lo que, por su naturaleza, no debería ser objeto de transacción. Desde una perspectiva bioética y jurídica, resulta inaceptable concebir el cuerpo de la mujer como un bien disponible y el nacimiento de un niño como una prestación entregable. La bioética afirma que toda persona humana es un fin en sí misma, con dignidad inherente e innegociable, y no puede ser reducida a medio para satisfacer deseos -por legítimos que parezcan- como el anhelo de tener un hijo. Los contratos de gestación subrogada, en su formulación práctica, imponen condiciones sobre el cuerpo de la mujer gestante: dietas, rutinas, control médico intensivo, e incluso cláusulas que la obligan a abortar si se detecta alguna malformación, lo cual equivale a una renuncia anticipada a sus derechos fundamentales. Más aún, cuando estos contratos se firman en contextos de pobreza o desigualdad, es ilusorio hablar de consentimiento libre. ¿Puede una mujer decidir verdaderamente libre si su necesidad económica la empuja a alquilar su útero? ¿Puede anticipar el vínculo afectivo y físico que desarrollará durante el embarazo para luego desprenderse sin consecuencias? Estas preguntas revelan que, lejos de empoderar, los contratos de gestación reducen la maternidad a una prestación mercantil, en la que tanto la mujer como el niño terminan cosificados.

 

México como mercado, el caso Tabasco y Sinaloa

México se ha convertido en un destino atractivo para el turismo reproductivo, no por su liderazgo médico o científico, sino por la permisividad legal, la falta de controles y la vulnerabilidad estructural de muchas de sus mujeres. Los estados de Tabasco y Sinaloa ejemplifican esta realidad: ambos han legislado de forma específica la gestación subrogada, pero lejos de proteger a las partes involucradas, han abierto la puerta a la explotación disfrazada de acuerdo legal. En Tabasco, pionero en legislar esta práctica desde 1997, las reformas no han logrado frenar los abusos ni garantizar los derechos de las mujeres gestantes ni de los niños nacidos. De hecho, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU expresó su preocupación ante la posibilidad de que estos contratos fueran utilizados como medio para la venta de menores. La propia Procuraduría General de la República promovió una acción de inconstitucionalidad contra las reformas de 2015 por considerar que vulneraban derechos fundamentales. A esto se suma el uso de mecanismos notariales para legitimar contratos privados que estipulan la entrega del recién nacido como si se tratara de una compraventa. No se sabe con certeza cuántos niños han nacido bajo estas condiciones, ni quién los tiene, ni si conservan su identidad o nacionalidad. Esto no es un problema anecdótico ni aislado: es el reflejo de una grave falla estructural que permite que la biotecnología se use sin ética, que la legalidad se pervierta en complicidad, y que México se ofrezca al mundo como útero de alquiler a bajo costo.

 

Ni derechos, ni igualdad, el disfraz de la libertad reproductiva

Muchos defensores de la gestación subrogada argumentan que se trata de una decisión libre entre adultos, que es una vía legítima para que parejas del mismo sexo tengan hijos propios, o que bastaría con una mejor regulación para evitar abusos. Pero estas afirmaciones, al ras del discurso de derechos, ocultan una realidad profundamente injusta. ¿Qué tan libre puede ser una elección cuando quien firma el contrato lo hace desde la pobreza, la falta de oportunidades o la presión social? Hablar de libertad en medio de la necesidad es, en el mejor de los casos, ingenuo, y en el peor, cínico. Tampoco puede afirmarse que el deseo de paternidad o maternidad -por más legítimo que parezca- tenga fuerza suficiente para sobreponerse al derecho de otro ser humano, ya sea la mujer gestante o el niño por nacer, a no ser tratado como medio, como objeto, como mercancía. Y sobre la regulación, cabe preguntarse: ¿es posible reglamentar éticamente algo que en esencia implica disponer del cuerpo y la vida de otra persona? La gestación subrogada no es una expresión de progreso ni de libertad, sino una nueva forma de explotación del cuerpo femenino, adaptada al lenguaje de la modernidad, al servicio de una lógica mercantil que pone precio a lo que debería ser inviolable. Como bien denuncian numerosos colectivos feministas, esta práctica no libera a la mujer, la usa; no la empodera, la alquila; no reconoce su dignidad, la negocia.

 

¿Trata de personas del siglo XXI?

Si aplicamos la definición internacionalmente aceptada de trata de personas -la captación, transporte, acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza, la fuerza u otras formas de coacción, con fines de explotación-, muchas formas de gestación subrogada encajan inquietantemente bien. En la práctica, se recluta a mujeres en contextos de alta vulnerabilidad, se les ofrece una “compensación” económica por llevar en su vientre a un hijo que no podrán criar, y se estipula por contrato la entrega de ese ser humano a cambio de dinero. El producto final de este proceso es un bebé, cuya existencia se pacta de antemano y cuya entrega es condicionada por cláusulas contractuales, como si de una compraventa se tratara. A todo esto se le ha puesto una máscara lingüística que pretende suavizar su crudeza: se habla de “gestación altruista” cuando el móvil es casi siempre económico, o de “compensación razonable” cuando, en realidad, hay un pago por un servicio corporal no replicable sin la totalidad de la persona. Países como España e Italia han reconocido estas implicaciones éticas y jurídicas y han optado por prohibir esta práctica en todas sus formas, entendiendo que no basta con matizarla o regularla, porque el problema no está en el cómo, sino en el qué: en su esencia misma como forma sofisticada de trata. En México, cada vez más voces, desde la sociedad civil, el feminismo crítico y el ámbito legislativo, coinciden en señalar que la gestación subrogada no debe regularse, sino abolirse, por tratarse de una modalidad de explotación humana que no podemos seguir tolerando en nombre de la ciencia, el mercado o el deseo.

 

Los invisibles, niños sin identidad, mujeres desechadas

La gestación subrogada, lejos de ser un avance ético, es una sofisticada forma de explotación que reduce el cuerpo de la mujer a un contrato y convierte al niño en objeto de transacción. No se trata solo de una práctica con implicaciones jurídicas y económicas, sino de una estructura que institucionaliza la desigualdad y normaliza la cosificación bajo un lenguaje de derechos y autonomía. En este esquema, los grandes invisibles son los menores -frecuentemente privados de identidad, filiación y nacionalidad- y las mujeres gestantes -desechadas tras el parto, emocionalmente afectadas y desprovistas de atención integral en el puerperio-. Además, como he argumentado en otros trabajos, se les niega incluso un vínculo elemental: la lactancia materna, reconocida por organismos internacionales como un derecho fundamental del menor. Negar esta conexión es una forma de violencia silenciosa que priva al niño de salud, afecto y pertenencia. La dignidad humana no se alquila ni se negocia, y el derecho no puede ser cómplice de una lógica que legitima el uso de personas como medios para fines ajenos. México no debe seguir siendo el útero de bajo costo del mundo. Urge legislar con firmeza para prohibir la gestación subrogada comercial, reconocerla como forma contemporánea de trata y garantizar, por encima del deseo de adultos, los derechos reales de los más vulnerables. Donde hay un contrato, hay un negocio. Y donde hay un útero alquilado, no hay libertad, hay mercado. ¿Seguiremos llamándolo progreso?

 

Conclusiones

La gestación subrogada comercial no representa un avance en derechos, sino una forma moderna de explotación que reduce la maternidad a un servicio contratable y convierte al recién nacido en objeto de intercambio. No se trata de regular mejor, sino de reconocer que hay prácticas que, por atentar contra la dignidad humana, deben prohibirse. En este modelo, los más vulnerables -mujeres gestantes y niños- quedan expuestos: ellas, a la instrumentalización y el abandono; ellos, a la pérdida de identidad, afecto y derechos fundamentales como el acceso a la lactancia. Desde la bioética, la vida no puede pactarse ni negociarse. México debe asumir una postura ética firme: dejar de ofrecerse como útero global a bajo costo y legislar con claridad para poner fin a esta forma maquillada de trata de personas. Porque donde la vida se contrata, la justicia se ausenta.

 


Juan Manuel Palomares Cantero es abogado, maestro y doctor en Bioética por la Universidad Anáhuac, México. Fue director de Capital Humano, director y coordinador general en la Facultad de Bioética. Actualmente se desempeña como investigador en la Dirección Académica de Formación Integral de la misma Universidad. Es miembro de la Academia Nacional Mexicana de Bioética y de la Federación Latinoamericana y del Caribe de Instituciones de Bioética. Este artículo fue asistido en su redacción por el uso de ChatGPT, una herramienta de inteligencia artificial desarrollada por OpenAI.


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Más información:
Centro Anáhuac de Desarrollo Estratégico en Bioética (CADEBI)
Dr. Alejandro Sánchez Guerrero
alejandro.sanchezg@anahuac.mx