Cumplir con las obligaciones de divulgación de información y la falta de cultura bursátil, junto con los requisitos de listado, lleva al punto en el que se generen mitos en el país sobre el mercado de valores y las razones por las que empresarios mexicanos deciden no listarse en la bolsa.
Así siempre se suele pensar que el financiamiento a través del mercado de valores es viable para empresas grandes o transacciones enormes, ya que se considera un trámite muy complicado y por ende muy costoso; por otro lado, suele pensarse que al entrar al mercado de valores se perderá el control de la empresa o que es sumamente riesgoso dar a conocer el nombre de los accionistas y todos los resultados financieros de la empresa.
Todo esto está muy lejos de la realidad, pues se han implementado leyes y normas que protegen a las empresas y facilitan el acceso a todo tipo de empresas al mercado de valores.
Comenzando por desmentir esta percepción errónea, cualquier tipo de impresa mediana o grande, puede ser una emisora dentro del mercado de valores, siempre y cuando, cumpla con los requisitos que establece la ley del mercado de valores y la circular única de emisoras. La ley del mercado de valores, contempla tres figuras de sociedades: Sociedad anónima promotora de inversión de capital variable, sociedad promotora de inversión bursátil y la sociedad anónima bursátil.
La misma regulación, establece que las empresas deben de contar con no solo con una asamblea de accionistas y un consejo de administración, sino que también cuenten con consejeros independientes y comités que desarrollen las funciones de auditoría y prácticas societarias.
Las empresas que deseen listarse en el mercado de valores deben de contar con varios requisitos, estos varían si se requieren emitir valores en el mercado de deuda o de capitales.
Las empresas para emitir o listar acciones, con base en el artículo 25 de la circular única de emisoras, deberán de cumplir cuando menos lo siguiente:
- Tres años de historial de operación.
- Situación financiera de la emisora, tratándose de SAPI, deberán tener al menos un capital equivalente a 12 millones de UDIs. (79,941,768 pesos).
- Contar con estados financieros auditados los últimos 3 ejercicios, elaborados bajo las normas internacionales de información financiera.
- Información jurídico corporativa.
- Ofertar abiertamente entre el gran público inversionista, al menos 10 millones de acciones o certificados de participación ordinarios (no aplica para SAPI).
- Precio mínimo de cada valor a ofertar de una unidad de inversión.
- El porcentaje que deberá colocarse, siendo SAB entre el gran público inversionista será al menos 15 % del capital social de la emisora o cuando menos equivalente en moneda nacional a 950 millones de unidades de inversión.
- Un número de accionistas o tenedores de títulos de crédito que las representen una vez realizada la operación de colocación, no podrá ser menor al 100 (no aplica para SAPI).
- Las sociedades de inversión y demás personas morales, fondos y fideicomisos, se consideran como un inversionista, a las emisoras que hayan adquirido acciones representativas de su capital.
- Ninguna persona podrá adquirir más del 40 % del monto total de la oferta
- Requisitos de gobierno societario con base en la LMV.
- Informe de la emisora a la bolsa y al público inversionista de su grado de adhesión al código de principios y mejores prácticas de
- gobierno corporativo (no aplica SAPI).
- Prospecto de colocación.
- Oficio de autorización de la CNBV.
El porcentaje que deberá colocarse, siendo SAB entre el gran público inversionista será al menos 15 % del capital social de la emisora o cuando menos equivalente en moneda nacional a 950 millones de unidades de inversión.
Cabe destacar estos requisitos son para que la empresa liste valores en el mercado de capitales, sin embargo, si desea listar certificados bursátiles dentro del mercado de deuda, debe cumplir con los mismos requisitos, solo que cambian algunas cosas.
Después que la empresa cumpla con los requisitos para el mercado de deuda o de capitales, debe de presentar su solicitud de listado en la bolsa que desee, junto con su información solicitada por la bolsa, donde se contemplen informes y estados financieros, entre otras cosas.
Una vez presentada la solicitud, la bolsa revisará que los documentos cumplan con la información necesaria para su listado, además de alcanzar los criterios mínimos de aceptación para el listado de valores.
La bolsa donde se presentó la solicitud, revisará la documentación presentada, realizando anotaciones y comentarios a la información, al mismo tiempo realizará un análisis económico y financiero de la empresa, para determinar si es viable su listado o no, una vez que cumpla con todo, se dará la autorización a la solicitud o en su caso, el rechazo. Por último, la bolsa de valores, autorizará al intermediario colocador realizar el listado de valores de acuerdo con los horarios de operación de los mercados de valores en donde se requiere listar.
Las empresas que deseen listarse en alguna bolsa de valores, deben solicitar información para cumplir con los requisitos y así lograr su expansión empresarial que no solo incrementará el valor de la empresa, sino que también, el mercado de valores en México crecerá para lograr una mayor estabilización económica que determine un futuro determinante en el sistema financiero.