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Pensando la propia muerte



Pensando la propia muerte

Llegado el caso de situarnos en el umbral del fin de nuestra existencia corpórea, ¿cómo quisiéramos vivirlo?

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La Dra. María Elizabeth de los Ríos Uriarte, profesora e investigadora de la Facultad de Bioética de nuestra Universidad Anáhuac México, aborda el tema de la muerte ante la pandemia que se vive en México y el mundo.


 
Frente al desolador panorama de un aproximado de 600 muertes al día en nuestro país ocasionadas por el COVID-19, vale la panea comenzar a pensar la propia muerte como una realidad intrínseca a nuestra misma condición humana. Llegado el caso de situarnos en el umbral del fin de nuestra existencia corpórea, ¿cómo quisiéramos vivirlo?, ¿qué decisiones éticas respecto de los tratamientos médicos quisiéramos poder expresar? Estas y otras preguntas pueden quedar plasmadas con anterioridad en el documento de Voluntad Anticipada.

 

Más allá de lo controversial que pudiera resultar hablar de una directriz anticipada, en nuestro país el enfoque dado al documento mencionado no es ni una orden de no reanimación ni una petición expresa de eutanasia. En la Ciudad de México y en algunos otros estados contamos ya desde el 2008 con una Ley de Voluntad Anticipada, que tiene por objeto expresar los deseos de los pacientes respecto a los tratamientos médicos que desea recibir o rechazar al final de su vida.

 

Este documento, tal como fue pensado en México en aquellos estados que lo contemplan dentro de sus legislaciones locales, está orientado a evitar la obstinación terapéutica y la futilidad en tanto que otorga la posibilidad de rechazar medidas extraordinarias que no resulten benéficas y, por el contrario, ofrezcan mayores cargas al paciente y a su familia.

 

La Ley en cuestión regula esta posibilidad en mayores de 18 años y que se encuentren en pleno uso de sus facultades mentales; así mismo, contempla dos escenarios: cuando la vida de la persona no se encuentra en peligro y propone suscribir el documento en presencia de un notario que de fe del acto (escritura de voluntad anticipada o cuando la vida de la persona ya se encontrara en riesgo inminente, propone el llenado y firma de un formato -acta de voluntad anticipada-) descargable de internet. En ambos casos se requiere la firma de dos testigos que verifiquen que se cumpla lo estipulado previamente por el paciente llegado el momento de la muerte.

 

Si bien es cierto que el documento garantiza un acto de libertad por parte del paciente hasta el último momento de su vida, la dificultad radica en diferenciar la delgada línea existente entre medios ordinarios y medios extraordinarios que depende, en todos los casos, de cada paciente, de sus condiciones médicas, de su edad, fuerzas físicas, soporte psicológico, tiempo de hospitalización, los riesgos y beneficios de cada tratamiento sugerido, etc., es decir, la definición entre aquellos tratamientos benéficos para el paciente y aquellos que ya dejaron de serlo va en función de cada caso en particular y nunca de ordenamientos o principios generales. De aquí la importancia de atender, de forma personal y particular, a cada paciente y a cada familia.

 

Ahora bien, si en la ponderación de factores se llega a la conclusión de que los tratamientos médicos están sobrellevando mayores cargas físicas, psicológicas, emocionales e incluso económicas para el paciente y su familia, no hay obligación ética de mantenerlos ni continuarlos, y entra en vigor el documento firmado por el paciente para rechazar esas medidas que prolonguen fútilmente su vida y agonía, el personal de salud queda excluido de su puesta en práctica.

 

Con esto, la importancia de la voluntad anticipada  evita, como ya se dijo, caer en obstinación terapéutica o alargar los procesos de muerte. También resulta útil y deseable para disminuir los efectos psicológicos y emocionales de una agonía prolongada pero, en ningún momento implica suspender medidas que pueden ser beneficiosas para el paciente o negar atención médica y, menos aún, abandonar al paciente.

 

Procurar una muerte digna es deber de todos, por ello, velar por el valor de la persona y su libertad y protegerlos siempre será un acto de profundo amor y solidaridad de unos para con otros.

 

La Dra. María Elizabeth de los Ríos Uriarte es Maestra en Bioética y Doctora en Filosofía, Técnico en Urgencias Médicas por Iberomed A.C. y scholar research de la Cátedra UNESCO en Bioética y Derechos Humanos.

 

Es además Miembro de la American Society for Bioethics and Humanities, del Colegio de Profesionistas posgraduados en Bioética de México, de la Academia Nacional Mexicana de Bioética y Miembro de número de la Academia Mexicana para el Diálogo Ciencia-Fe.

 

Ha impartido clases en niveles licenciatura y posgrado en diversas universidades y ha participado en distintos congresos nacionales e internacionales de Filosofía y Bioética. Actualmente es profesora y titular de la Cátedra de Bioética Clínica de la Facultad de Bioética de la Universidad Anáhuac.

 

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Dra. María Elizabeth de los Ríos Uriarte
bioetica@anahuac.mx