Resumen
Los derechos humanos, como es sabido, han sido descritos como universales, y en este sentido, como una racionalidad que porta la civilidad. Las constituciones enarbolan los derechos, los principios del sistema jurídico. La libertad, la igualdad, la seguridad, levantan el estandarte de la felicidad, de la justicia social. Lo mismo acontece en el derecho internacional, en este universo normativo que expresa el parámetro de distinción en las naciones civilizadas y las no civilizadas. Son nuestras seguridades últimas: fungen como fundamentos, en todo caso, como verdades objetivas. Pero está la otra parte ajena a esa racionalidad, las poblaciones, los órdenes normativos que escapan a esta percepción de ordenación del mundo, que eluden la civilidad del occidente .Ellas son las culturas particulares que divergen de la cultura universal y de su civilidad: los indígenas, el mundo musulmán, por ejemplo.