Resumen
En esta tierra de gigantes-como la llamó Magallanes- en la cual tenemos la posibilidad de hablar en este momento, nos gustaría repetir también nosotros aquel primer experimento: quisiéramos hacer que el derecho reflexione sobre si mismo y se observe utilizando también los conceptos de naturaleza, de limite y de alteridad. Ellos, en efecto, no son precisamente solamente técnicas de observación de viejo Pigafetta, sino que son los conceptos grabados en la cultura occidental, en la semántica de la auto-descripción de la sociedad moderna, y son también conceptos que el derecho usa para observar la realidad que él mismo produce, en otros términos, para construirse a si mismo como realidad... Nosotros pensamos en el derecho de una política sin territorios, en el derecho de territorios sin fronteras, es decir, en el derecho de ciudadanías sin territorios -pensamos que este derecho, reflejándose a sí mismo en el espejo de sus distinciones-pueda ver las heridas que ha inferido a la naturaleza, pueda ver la opacidad del sujeto que ha inventado, pueda ver el abismo del límite dentro del cual se ha recluido y el infierno de la alteridad que ha producido y entonces, tenemos confianza que, a diferencia del primer gigante, patagónico, por el pavor de su propia imagen, este derecho pueda inventar una nueva razón y andar al encuentro de un nuevo destino.